miércoles 30 de septiembre de 2026
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El director de Ambiente informó al Concejo Deliberante las actuaciones realizadas por la denuncia de un vecino por el uso irregular de agroquímicos

El director de Ambiente de la Municipalidad de Rauch, Ariel Bidaure, respondió al pedido de informes realizado por el Concejo Deliberante a raíz de la presentación efectuada por el vecino Alejandro Mettler, quien había advertido sobre una presunta aplicación de productos fitosanitarios en proximidades del arroyo Pantanoso.

En su presentación, Bidaure detalló las actuaciones realizadas por el área municipal y explicó las circunstancias que, según señaló, dificultaron una constatación directa del hecho denunciado.

De acuerdo con el informe, Mettler se comunicó con la Dirección de Ambiente durante mayo de 2026 y manifestó que en un predio lindero se habría realizado una aplicación terrestre de productos fitosanitarios a unos 30 metros del arroyo Pantanoso.

Desde el área municipal se le indicó que debía formalizar la denuncia a través de los canales administrativos correspondientes, particularmente ante Inspección General, para posibilitar una constatación formal. Según Bidaure, el vecino manifestó su negativa a realizar esa presentación.

No obstante, ante la posibilidad de que estuviera involucrado un recurso hídrico, la Dirección de Ambiente decidió igualmente dar intervención a organismos provinciales. El 12 de mayo de 2026 remitió la información aportada por Mettler a la Dirección de Fiscalización Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense.

Según consta en el informe, personal del organismo provincial se hizo presente y verificó la documentación vinculada con la aplicación denunciada. Se constató que el productor contaba con receta agronómica, mientras que el aplicador poseía carnet habilitante y la documentación requerida.

Bidaure aclaró, sin embargo, que esa intervención provincial estuvo limitada a la documentación y requisitos propios de la fiscalización de las aplicaciones y no constituyó una constatación sobre la distancia entre el lugar de aplicación y el curso de agua.

La demora en la denuncia

Uno de los puntos centrales planteados por el director de Ambiente está relacionado con el tiempo transcurrido entre la presunta aplicación y la comunicación del hecho.

Según manifestó Mettler, la aplicación habría ocurrido el 27 de marzo de 2026, mientras que la primera comunicación a la Dirección de Ambiente se produjo el 6 de mayo, unos 40 días después.

Para Bidaure, ese lapso dificulta una constatación material del hecho, ya que una intervención realizada semanas después no permite determinar con precisión la ubicación del equipo aplicador, la distancia respecto del arroyo, las condiciones meteorológicas, la trayectoria de la aplicación o una eventual deriva.

También señaló que un eventual análisis de suelo requeriría procedimientos específicos de toma de muestras y estudios en laboratorios especializados. Además, explicó que la detección posterior de residuos no permitiría atribuir automáticamente su presencia a la aplicación denunciada del 27 de marzo, debido a factores como las características del suelo, las propiedades del producto, la actividad microbiológica, la temperatura y las precipitaciones.

La Municipalidad de Rauch, indicó, no cuenta con laboratorio ni equipamiento propio para realizar ese tipo de determinaciones.

Las imágenes satelitales

Otro de los elementos aportados por Mettler fueron imágenes de Google Earth correspondientes a 2023 y 2024.

El funcionario consideró que esas imágenes pueden servir para observar cambios en el uso o cobertura del suelo, pero sostuvo que no permiten acreditar que se haya realizado una aplicación de fitosanitarios el 27 de marzo de 2026.

En ese sentido, explicó que observar un cultivo o una superficie agrícola a menos de 50 metros del curso de agua no demuestra por sí mismo que allí se haya efectuado una aplicación de productos fitosanitarios.

“No se concretó una constatación in situ”

Como conclusión, Bidaure enumeró las actuaciones realizadas por la Dirección de Ambiente: se orientó al vecino sobre la necesidad de formalizar la denuncia, se remitió la información a Fiscalización Vegetal ante la negativa a realizar la presentación administrativa y se comunicó la situación al ámbito municipal correspondiente.

El organismo provincial verificó la documentación de la aplicación y constató la existencia de la receta agronómica y de la documentación habilitante del aplicador.

Sin embargo, no se concretó una constatación in situ contemporánea a la aplicación denunciada, situación que el funcionario vinculó principalmente con el tiempo transcurrido entre el supuesto hecho y su comunicación a la Municipalidad.

Finalmente, Bidaure sostuvo que los elementos aportados posteriormente, entre ellos las imágenes satelitales, no permiten acreditar por sí mismos que la aplicación haya ocurrido en la fecha denunciada ni determinar la distancia a la que se habría realizado.

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